MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR SOBRE MEDIDAS QUE SE REQUIEREN DE FORMA INMEDIATA PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DE LORCA POR LA CRISIS DEL COVID-19
En la actualidad España vive una de las mayores crisis sanitarias que se recuerda, probablemente la más grave de su historia reciente, como consecuencia de la pandemia global provocada por el Covid-19, un coronavirus especialmente infeccioso, surgido a finales de 2019 en la provincia china de Wuhan, y que se ha propagado rápidamente por todo el planeta.
En nuestro país el virus está teniendo una incidencia grave, y a día de hoy suma ya 200.210 personas infectadas y 20.852 víctimas mortales, según datos oficiales.
Pero la declaración del estado de alarma por parte del Gobierno de la Nación el pasado 14 de marzo, el confinamiento de la población en sus casas y la suspensión de la actividad económica general, excepto la esencial, está provocando una crisis social y económica cuyos efectos amenazan con ser devastadores, poniendo en serio riesgo la continuidad de cientos de miles de pequeñas y medianas empresas, negocios familiares, trabajos autónomos, y puestos de trabajo por cuenta ajena. Detrás de las frías estadísticas que oímos a diario, tanto de víctimas mortales (la peor cara de ésta crisis) como de enfermos y de negocios y establecimientos cerrados, hay familias con nombre y apellidos sufriendo minuto a minuto ésta situación inédita.
No es el momento de reproches o críticas, y por ello el objetivo de ésta moción es situar la responsabilidad de nuestro Ayuntamiento, como administración más cercana al ciudadano, en qué puede hacer para paliar esa grave crisis económica y social en el ámbito de las competencias que le son propias.
Por ello, y tras el acuerdo alcanzado por todos los grupos políticos con representación municipal en reunión de fecha 16-04-2020, de celebrar un pleno extraordinario y monográfico para la adopción de medidas urgentes en orden a la reactivación económica y social de Lorca, como venía defendiendo éste grupo municipal días atrás, traemos a sede plenaria una serie de acuerdos, incluidos en nuestra propuesta que hemos denominado "Lorca Responde" y que viene a ser un plan, una propuesta, como decíamos, abierta y de consenso para la suma de cuantas otras propuestas formulen el resto de grupos municipales.
Por tanto, el grupo municipal popular somete al pleno, para su debate y aprobación, los siguientes,
A C U E R D O S
PRIMERO.- Que por parte del Pleno, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 74, 2º de la Ley de Reguladora de las Haciendas Locales, se declaren de especial interés o utilidad municipal los inmuebles en los que se desarrollen actividades de comercio o servicios minoristas y/o de restauración y hostelería, así como viviendas donde estén empadronadas una o más personas afectadas por ERTE, ERE o despido motivado por la crisis del Covid-19, por concurrir en los mismos circunstancias socio-económicas especiales y de fomento del empleo, como consecuencia de la citada crisis del Covid-19, durante los ejercicios 2020 y 2021, y ello a los efectos de las exenciones y bonificaciones previstas en la modificación de las ordenanzas fiscales que se propone.
SEGUNDO.- Modificación de las Ordenanzas Fiscales del Excmo. Ayuntamiento de Lorca para la inclusión en las mismas de las siguientes exenciones y bonificaciones, motivadas por la situación de emergencia en vigor:
1.- Modificación de la ordenanza reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, en el sentido siguiente:
a).- Reducción general del tipo de gravamen en un 5%
b).- Bonificación del 75% de la cuota íntegra del impuesto sobre los inmuebles en los que se desarrollen actividades de comercio o servicios minoristas y/o de restauración y hostelería, que permanezcan o hayan permanecido cerrados durante el estado de alarma y los que acrediten pérdidas o cese de actividad por la crisis del Covid-19, para los ejercicios 2020 y 2021.
c).- En aquellos inmuebles en los que se desarrollen actividades de comercio o servicios minoristas y/o de restauración y hostelería en régimen de arrendamiento de local de negocio, la bonificación será del 25% para los titulares arrendadores que rebajen la renta a la mitad, y del 50% para quienes la condonen totalmente, durante los meses en los que el negocio permanezca cerrado o inactivo como consecuencia de la crisis del Covid-19.
d).- En el caso de inmuebles que constituyan vivienda en la que se encuentren empadronadas una o más personas afectadas por ERTE, ERE o despido motivado por la crisis del Covid-19, la bonificación ascenderá al 20% en caso de afectados por un ERTE, y al 30% en caso de afectados por ERE o despido, para los ejercicio 2020 y 2021.
2.- Modificación de las ordenanza reguladora del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, estableciendo una bonificación del 75% sobre aquellos vehículos vinculados a actividades de comercio o servicios minoristas y/o de restauración y hostelería, que permanezcan o hayan permanecido cerrados durante el estado de alarma y los que acrediten pérdidas o cese de actividad por la crisis del Covid-19, para los ejercicios 2020 y 2021.
3.- Modificación de la ordenanzas reguladoras correspondientes, estableciendo una exención total de la tasa por recogida domiciliaria de basura y el precio público de agua potable a todas aquellas actividades de comercio o servicios minoristas y/o de restauración y hostelería, que permanezcan o hayan permanecido cerrados durante el estado de alarma y los que acrediten pérdidas o cese de actividad por la crisis del Covid-19, para el actual ejercicio 2020, y bonificación del 50% de los mismos durante los primeros seis meses del ejercicio 2021.
4.- Modificación de las ordenanzas reguladoras del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, la tasa por expedición de licencia para la realización de construcciones, instalaciones y obras y la tasa por la prestación de servicios urbanísticos estableciendo una bonificación del 95% de los mismos para actividades vinculadas a la reforma, adecuación o renovación de inmuebles o locales destinados al comercio o servicios minoristas, hostelería o restauración, para los ejercicios 2020 y 2021.
5.- Modificación de las ordenanzas reguladoras de la tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos y de la tasa por la intervención municipal en materia de actividades que se ejerzan con carácter empresarial, estableciendo una bonificación del 95% de los mismos para todas aquellas actividades de comercio o servicios minoristas y/o de restauración y hostelería, que permanezcan o hayan permanecido cerrados durante el estado de alarma y los que acrediten pérdidas o cese de actividad por la crisis del Covid-19, para los ejercicios 2020 y 2021.
6.- Modificación de la ordenanza reguladora de la ocupación de terrenos de uso público con terrazas y otras instalaciones con finalidad lucrativa, estableciendo una exención total de las tasas de ocupación de vía pública y terrazas de locales de hostelería durante 2020, y bonificación del 75% durante 2021, e igualmente se flexibilicen los parámetros técnicos de disposición y ocupación de las terrazas, para posibilitar el respeto de las distancias que previsiblemente se establecerán en su momento.
7.- Modificación de la ordenanza reguladora de la tasa para la prestación del servicio de lonja, plaza de abastos y mercado semanal, eximiendo del pago de la tasa a los obligados durante el periodo en que dicho servicio no se ha prestado por haber estado suspendido el mismo como consecuencia del estado de alarma y la crisis del Covid-19, y estableciendo una bonificación del 75% de la misma durante los ejercicios de 2020 y 2021, y establecimiento de un calendario anual de mercados extraordinarios una vez que remita la situación de alerta.
8.- Modificación de la ordenanza reguladora del Impuesto de actividades económicas (IAE), estableciendo una bonificación del 50% en el presente ejercicio para las empresas que acrediten cese o disminución grave de su actividad y/o pérdidas motivadas por la crisis del Covid-19.
TERCERO.- Aplazamiento del pago de la totalidad de impuestos municipales hasta el mes de diciembre del presente año, acogiéndose el ayuntamiento a la línea de anticipo de impuestos locales establecida por la CARM.
CUARTO.- Suspensión de todos los procedimientos de embargo y ejecución por deudas tributarias que tramita la Agencia Tributaria Local, hasta enero de 2021, y establecimiento en ese momento de procedimientos y convenios especiales de aplazamiento y fraccionamiento para el pago de las mismas.
QUINTO.- Mandatar a los representantes de la parte pública en la junta general de la empresa mixta Aguas de Lorca a lo siguiente:
a).- Formular la propuesta de que se apliquen los beneficios del ejercicio 2019 de la misma a dotar económicamente el Bono Social del Agua para atender nuevas modalidades de emergencia social a raíz de la crisis del COVID-19, ampliando su cobertura a las actividades de comercio o servicios minoristas y/o de restauración y hostelería, que permanezcan o hayan permanecido cerrados durante el estado de alarma y los que acrediten pérdidas o cese de actividad por la crisis del Covid-19.
b).- Formular la propuesta de que se estudie el establecimiento de medidas específicas de ayuda a las empresas que acrediten cese o disminución grave de su actividad y/o pérdidas motivadas por la crisis del Covid-19, consistentes en reducción, durante el ejercicio 2020 y los primeros seis meses de 2021, tales como el establecimiento de una tarifa reducida industrial del suministro del agua, para el bloque de grandes consumidores.
c).- Tanto desde la empresa como de éste Pleno, se solicitará a la Mancomunidad de Canales del Taibilla una reducción extraordinaria del precio del agua que suministra a los Ayuntamientos, como medida de ayuda y para paliar los efectos de la crisis del Covid-19, al tratarse de un bien esencial de consumo universal.
SEXTO.- Agilización de la devolución de tasas y precios públicos de servicios no prestados por el ayuntamiento con motivo de las restricciones vigentes.
SÉPTIMO.- Refuerzo de la dotación presupuestaria y de medios materiales y humanos de los Servicios Sociales municipales para atender la mayor demanda que eventualmente pueda generarse por la crisis del Covid-19, aumentando las ayudas a familias necesitadas, colectivos vulnerables y personas en riesgo de exclusión social, estableciendo de forma específica una subvención extraordinaria de 100.000 € para Cáritas, dado el incremento exponencial que ha experimentado en la demanda respecto del banco de alimentos que gestiona, con bienes de primera necesidad, y aquellas otras subvenciones a ONG´s que se consideren necesarias en éste momento.
OCTAVO.- Creación de un plan especial municipal de formación y empleo dirigido a los sectores más perjudicados por la crisis del Covid-19, como el comercio, la hostelería y la industria, e igualmente se exima del pago del canon que se percibe de las microempresas que ocupan el vivero municipal de empresas durante el año 2020 y los seis primeros meses del año 2021, como medida de ayuda y fomento de tales iniciativas de emprendimiento.
NOVENO.- Creación de una oficina de atención ciudadana por la crisis del covid-19, en dependencias municipales, para asesorar a los ciudadanos que lo requieran en el acceso a las distintas líneas de ayudas, exenciones o bonificaciones, tramitación de documentos, autorizaciones, solicitudes, y en general asistencia respecto de las medidas establecidas por las administraciones para paliar los efectos de la crisis del Covid-19. A tal efecto, se establecerá un procedimiento ágil, sencillo y formulario para que los beneficiarios de las ayudas, exenciones y bonificaciones, puedan solicitar las mismas y acompañar los documentos justificativos que se precisen, y registrar los mismos en la propia oficina, con el asesoramiento y ayuda del personal del la misma.
DÉCIMO.- Establecimiento de un plan especial de ayuda a las Cofradías de Semana Santa por la suspensión de las Procesiones y Desfiles Bíblico-pasionales de 2020, de tal forma que se compense a las mismas aquellos gastos en los que hayan incurrido por la organización de las distintas procesiones y eventos, y muy especialmente de los perjuicios por la devolución del importe de las localidades de la carrera, abonándose con normalidad las subvenciones previstas anualmente para las actividades ordinarias de nuestras Cofradías.
DECIMOPRIMERO.- Siguiendo el modelo utilizado en su día para la mesa solidaria del terremoto, se creará una mesa donde estarán integrados los distintos grupos municipales y colectivos afectados, para establecer las prioridades en orden a la gestión de los fondos obtenidos y su aplicación correspondiente, dando cuenta de las gestiones realizadas hasta el momento.
DECIMOSEGUNDO.- El Ayuntamiento pondrá en marcha una campaña de comunicación especial e intensa, de promoción del comercio y la hostelería local, de cara a su recuperación tras la crisis del Covid-19, con la participación de dichos colectivos en su diseño, orientación y duración, dando prioridad a las actividades vinculadas a la reactivación de dichos sectores.
Lorca, 21 de abril de 2020.
Fdo. Fulgencio Gil Jódar
Presidente-portavoz del Grupo Municipal Popular