El alcalde del PSOE incumple las leyes de Trasparencia y Contratos del Sector Público, ocultando todos los datos de los contratos menores del ayuntamiento
• La Ley establece la obligación taxativa de que esta información se publique de manera clara, estructurada y entendible, e incluye esta regla en las obligaciones de publicidad activa, las cuales, conforme a la doctrina del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
22 junio, 2020.- La concejal del Partido Popular en el ayuntamiento de Lorca, María Belén Pérez, ha informado esta mañana que el alcalde del PSOE está incumpliendo las leyes de Trasparencia y Contratos del Sector Público, negándose a publicar los datos de los contratos menores que está adjudicando.
Desde el Partido Popular exigimos que el Sr Mateos publique inmediatamente la lista completa de todos estos contratos que ha adjudicado con dinero público. Los lorquinos tienen el derecho de saber a quién se le están entregando este tipo de obras, servicios y contratos, pagados con el dinero de nuestros impuestos.
Ya sabemos que al Sr Mateos le cuesta mucho cumplir con la transparencia que se le exige a los políticos. De hecho, ha centrado sus esfuerzos a lo largo de todo un año en intentar que nadie se enterase de que para asaltar la alcaldía después de perder las elecciones municipales, pactó con IU su entrada en el gobierno local, un acuerdo que ocultó a su socio de gobierno, y que ahora ha salido a la luz. Esa manera de hacer las cosas tan peculiar que tiene el Sr Mateos también le ha llevado a mantener ocultos todos los contratos de cuantía superior a 5.000 euros que está adjudicando su gobierno en el ayuntamiento de nuestra ciudad, que son la inmensa mayoría
La información relativa a los encargos de importe superior a 5.000 euros que está haciendo el alcalde del PSOE tendría que estar publicándose de oficio, especificando, al menos, su objeto, duración, las tarifas aplicables y la identidad de la persona o empresa a la que se le encarga.
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, deja claro que el ayuntamiento tiene que cumplir con la publicidad y la transparencia en los procedimientos contractuales. Así lo establece con nitidez en su artículo 1, así como en el Considerando 1 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública.
Estamos hablando de un tipo de contratos que constituye numéricamente el grupo más importante dentro de los firmados por el actual gobierno local. La Ley en vigor impone obligaciones específicas y claras al ayuntamiento en tal sentido, existiendo el deber de publicar en el perfil del contratante la actividad contractual.
La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, alude de modo expreso a los contratos menores, reza del siguiente modo, señalando literalmente que “La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos trimestralmente. La información a publicar para este tipo de contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario”.
La publicación de todos estos aspectos es indispensable para cumplir la norma legal. La Ley establece la obligación taxativa de que esta información tenga que publicarse de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados. La Ley incluye esta regla dentro de lo que denomina obligaciones de publicidad activa, las cuales, conforme a la doctrina del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, deben ser objeto de publicación de oficio.
Las leyes de Contratos del Sector Público y de Transparencia configuran un sistema que tiene por finalidad lograr una plasmación efectiva y amplia de los principios de publicidad y transparencia. El alcalde del PSOE y su grupo de gobierno están obligados a cumplir los términos legales establecidos en ambas normas, pues permiten garantizar la transparencia e incluso el control público de los requerimientos que la ley impone a los contratos menores.